SE DESGRAVA DE TODO LO DONADO EL 40%.
SI LA DONACIÓN ES RECURRENTE (2 AÑOS ANTES IGUAL O MÁS) SERÍA EL 50%
LÍMITE DEL 15% DE LA BASE IMPONIBLE Y NO MÁS DE 25.000. A PARTIR DE AHÍ NO HAY DESGRAVACIÓN.
LA DESGRAVACIÓN SE HACE SOBRE LA CUOTA A PAGAR, POR TANTO SE MINORA EL PAGO DE ESTA.
EJEMPLO:
PERSONA QUE TIENE EN RENTA 30.000 EUROS DE BASE LIQUIDABLE (+/- SUS INGRESOS FISCALES), Y LE SALE A PAGAR LA RENTA 2.000 EUROS. Y HACE UNA DONACIÓN DE 500 EUROS.
SE DESGRAVA
-DE LOS PRIMEROS 250 EUROS EL 80% = 200 EUROS
-DEL RESTO, DE LOS OTROS 250 EUROS SE DESGRAVA EL 40% = 100 EUROS
NO SUPERA EL LÍMITE DEL 15% DE SU BASE LIQUIDABLE (30.000 X 15% = 4.500)
TOTAL DESGRAVACIÓN: 300 EUROS, QUE SE MINORAN DE LA CUOTA A PAGAR, POR LO QUE PAGARÍA POR SU DECLARACIÓ 1.700 (2.000 – 300). RECUPERA 300 EUROS DE SU DONACIÓN. HA DONADO A LA IGLESIA 500 EUROS PERO LE HA COSTADO SOLO 200 EUROS.